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‘Las Administraciones Públicas tienen la responsabilidad de gestionar los recursos públicos, proporcionando los servicios demandados por los ciudadanos… Y yo voy a hacerlo de forma eficiente’. MIGUEL ÁNGEL PRIETO UCEDA


miércoles, 5 de diciembre de 2007

La Renta Social Básica, derecho público subjetivo autonómico contra la pobreza.

Excmo. Ayto. de La Línea
Sr. Secretario General:

Miguel Ángel Prieto Uceda, en su propio nombre y derecho, con domicilio a efectos de notificación en Partido Andalucista, c/ Pablo Picasso local dos, La Línea, ante Vd. comparece y, al amparo de lo estipulado en la legislación en materia de régimen local y en el Reglamento de Participación Ciudadana, presenta la siguiente propuesta de acuerdo para su informe en Comisión Informativa y su aprobación, si procede, en sesión plenaria:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Esta Moción tiene como finalidad articular la Renta Social Básica como un derecho público subjetivo autonómico de forma que constituya un eficaz instrumento para erradicar la pobreza severa, la marginación y las situaciones extremas de desigualdad en Andalucía.

Según las estimaciones realizadas en 2007 más de 400.000 personas están en situación de grave exclusión social, destacando la provincia de Cádiz, con cerca de un 9,4% sobre la población empadronada, lo que significa que, lejos de haber descendido el umbral de la pobreza, las situaciones extremas de exclusión se dan cada vez en mayor número. Se trata de personas desempleadas o jubiladas, en situaciones de grave riesgo social, por circunstancias como la ruptura familiar donde una de las partes queda sin los medios mínimos para rehacer su vida, sobre todo en el caso de mujeres que optaron por dedicarse de lleno a la familia o con hijos pequeños a cargo, donde la ex pareja no puede o evade garantizar la pensión alimenticia; la inmigración extra o intracomunitaria; personas mayores sin derecho a tener una pensión contributiva o que ésta es notoriamente insuficiente, etc.

Cuando se acerca el 60º aniversario de la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos no podemos consentir que miles de personas carezcan en la práctica de sus derechos humanos efectivos porque no pueden acceder a los mínimos vitales. En esta sensibilidad, la construcción nacional de Andalucía tiene como uno de sus principales compromisos lograr una Andalucía libre de miseria.

Andalucía debe emprender una profundización en el Estado del Bienestar, dando respuesta a los nuevos retos que plantea la globalización, con nuevos derechos, nuevas responsabilidades y nuevos sujetos. La pobreza de una parte de nuestros residentes no puede ser ignorada por un Estado que tienen la naturaleza de Social y que tiene en las políticas de servicios sociales uno de sus justificantes legitimadores. Sin embargo, estas nuevas realidades están insuficientemente atendidas por el sistema público de Seguridad Social, a pesar del crecimiento económico que, en términos absolutos, se ha producido en España y en Andalucía en la última década.

En esta misma dirección se ha manifestado la Comisión Europea desde que la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2000, proclamara, con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, el reconocimiento del derecho «a una ayuda social y a una ayuda a la vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes». Es más, en el mes de octubre de 2007, la Comisión ha planteado una nueva estrategia para luchar contra la pobreza extrema basada en el establecimiento de una Renta Mínima en todos los Estado miembros de la Unión. En este documento se señala que para que la nueva estrategia propuesta tenga éxito “es esencial contar con la participación total de las autoridades públicas a todos los niveles y muy especialmente a nivel local y regional”.

EL Estatuto de Autonomía ha recogido este derecho social básico en el artículo 23, que trata de las prestaciones sociales, al establecer en su apartado segundo que “Todos tienen derecho a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la ley”.

La Proposición de Ley sobre Renta Social Básica presentada ante la Mesa del Parlamento de Andalucía el 25 de octubre de 2007 atiende a este mandato y desarrolla el derecho básico de la persona a disponer de los recursos y prestaciones suficientes para vivir de forma acorde con la dignidad humana y, con tal objetivo, determina la implantación, por parte de la Junta de Andalucía, de los mecanismos de lucha contra la pobreza, tanto de forma preventiva como reparadora, cuando el riesgo cierto de exclusión social se verifique. Andalucía, de conformidad con el artículo 61 del Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas en materia de servicios sociales, que, tal como prevé en sus apartados a) y b), en todo caso incluye:

.....a) La regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones técnicas y las prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas de protección pública.
.....b) La regulación y la aprobación de planes y programas específicos dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social.

Por lo tanto, en cumplimiento del mandato estatutario y en uso de las competencias exclusivas atribuidas, la propuesta presentada en el Parlamento Andaluz viene a dar además rango de Ley formal a este derecho social básico que, actualmente, tiene en nuestra Comunidad Autónoma un tratamiento insuficiente y disperso a nivel reglamentario. En efecto, lo que hoy se denominan “Rentas Mínimas de Inserción”, han podido ser una primera respuesta a estas situaciones pero hoy han quedado superadas por la realidad estatutaria y social, ya que no tienen ni la entidad ni la amplitud necesaria para abarcar a toda la población en situación de extrema necesidad.

La Renta Social Básica, tal como la configura la Propuesta de Ley presentada por el Grupo Andalucista, está específicamente diseñada para dar respuesta a las necesidades concretas de Andalucía en los albores del siglo XXI, por lo que se aparta tanto de las construcciones doctrinales abstractas que no tienen en cuenta la realidad económica de los posibles beneficiarios o que sólo tienen como receptores a los poseedores de ciudadanía, como de las tradicionales ayudas de inserción social que se calculan en base a “unidades familiares estables” que en la actual realidad social están ampliamente superadas, no tienen carácter indefinido o su cuantía es claramente insuficiente.

Por lo tanto esta Renta Social Básica para la Andalucía del siglo XXI tienen como características:

.....a) Es una renta periódica en metálico,
.....b) De cuantía suficiente, teniendo en cuenta las disponibilidades públicas,
.....c) Sobre una base individual,
.....d) Sin que sean reservadas a personas que hayan cotizado,
.....e) Destinada a los más pobres,
.....f) Sin distinción de Ciudadanía,
.....g) Condicionada, cuando forme parte de la población potencialmente activa, a un esfuerzo de inserción y a una disposición de trabajar y al cumplimiento, en su caso, de las responsabilidades sociales para con los hijos.

Por ello, la Renta Social Básica es el umbral mínimo de ingresos al que tendrán derecho todos los residentes que cumplan los requisitos de antigüedad en la residencia, edad, compromiso de inserción y carencia manifiesta de medios y recursos, tal como se configuran en la presente Ley. Además, tal como ordena una de las disposiciones finales, el Gobierno Andaluz, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, deberá presentar un informe al Parlamento de todas las prestaciones sociales a la que la Renta Social Básica puede sustituir de forma gradual, con el objeto de simplificar la actual situación de fragmentación y complejidad, con más de treinta prestaciones diferentes cada una de ellas con requisitos y criterios diversos, lo que conlleva tanto una extrema confusión para los administrados como una gran dificultad en la gestión pública de las mismas. Esta moción que aquí se debate y la propuesta de Ley que se tramita en el Parlamento Andaluz no debiera estar sujeta a las diferencias políticas que en muchos casos presiden los debates y la adopción de los posicionamientos de las distintas opciones políticas, si no, más que nunca paliar en parte, ofrecer una solución y un camino digno de esperanza a quienes al lado de nuestra puerta vive en el umbral de la pobreza lejos de la idea prefabricada de una Andalucía de anuncio.

Por todo ello, presenta la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- El Ayuntamiento de La Linea de la Concepción insta a los Grupos Parlamentarios a que, con carácter de urgencia y por la gravedad en la que están inmersos cuantos andaluces se encuentran en las situaciones arriba descritas, antes de finalizar la actual legislatura aprueben la Proposición de Ley de Renta Social Básica que actualmente se tramita en el Parlamento de Andalucía.

SEGUNDO.- Trasladar al Parlamento de Andalucía, al Presidente de la Junta de Andalucía y a los Grupos Políticos del Parlamento de Andalucía, dicho acuerdo para su toma en consideración.

La Línea de la Concepción a 30 de Noviembre de 2007
Fdo. Miguel Ángel Prieto Uceda

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